Intendentes no cumplen con ley orgánica municipal

Ningún intendente municipal del Departamento Central cumple con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39966/2010 que establece que cada intendente municipal debe remitir entre el uno y el diez de cada mes las ordenanzas promulgadas en el mes anterior, para su conocimiento, a la Junta Municipal, al Ministerio del Interior y al Gobierno Departamental respectivo.

Crédito de imagen: decidamos.org

La aseveración de tal incumplimiento lo hicieron desde el mismo Ministerio del Interior y de la Gobernación del Departamento Central, mediante una respuesta a un pedido de información pública realizada por nuestro director.

El mismo artículo de la Ley más arriba nombrada establece que “El Ministerio del Interior y cada gobierno departamental deberán implementar un archivo ordenado, actualizado y abierto al público de las Ordenanzas Municipales”.

El archivo en ambas instituciones es importante por varias razones, entre ellos, para el cruzamiento de datos de determinadas ordenanzas, especialmente en aquellas que tienen que ver con datos de recaudación en cada municipio, por ejemplo, la Ordenanza de Presupuesto General de Ingresos y Gastos para el año, o la misma Ordenanza Tributaria. Otro punto que puede ser llevado en cuenta es para la comparación de ordenanzas de diferentes ciudades, pero referentes a una misma causa, ejemplo: publicidad callejera, tasas en cementerios públicos, mercados, etc.

Lo cierto y lo concreto es que tanto el Ministerio del Interior como la Gobernación del Departamento Central, respondieron a nuestro pedido que no poseen copia de ordenanza alguna de ninguno de los 19 distritos de Central. Incluso la respuesta del Ministerio del Interior fue aún más lejos informando que de 255 municipios ni el veinte por ciento presentaron sus Ordenanzas hasta la fecha.

Lo que dice el artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal: “Entre el uno y el diez de cada mes, el Intendente Municipal remitirá las ordenanzas promulgadas en el mes anterior, para su conocimiento, a la Junta Municipal, al Ministerio del Interior y al Gobierno Departamental respectivo. El Ministerio del Interior y cada gobierno departamental deberán implementar un archivo ordenado, actualizado y abierto al público de las Ordenanzas Municipales”.

Link de la respuesta del Ministerio del Interior
https://informacionpublica.paraguay.gov.py/public/603725-doc00730420191230173757pdf-doc00730420191230173757.pdf

Link de la respuesta de la Gobernación a mismo pedido
https://informacionpublica.paraguay.gov.py/public/4133550-20200108_133103jpg-20200108_133103.jpg