Ruido impune: A más de una década de la prohibición, los «roncadores» siguen reinando en San Lorenzo

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Lo que nació como una promesa legislativa local para devolverle la tranquilidad y la salud a los sanlorenzanos se ha convertido, con el paso del tiempo, en un monumento a la inacción municipal. Ha pasado más de una década desde que la Junta Municipal de San Lorenzo promulgara la Ordenanza N° 20/2012, una normativa que prohibía de forma tajante el uso de caños de escape modificados —los populares y molestos «roncadores»— en motocicletas dentro de todo el territorio distrital. Hoy, esa ley no es más que «letra muerta».

El origen de la normativa se remonta al 16 de mayo de 2012, cuando uno de los concejales presentó una minuta alertando sobre el crecimiento desmedido de la polución sonora en las calles. En aquel momento, el argumento no solo respondía al fastidio generalizado del vecindario, sino a una verdadera crisis de salud pública: la ciudad atravesaba una dura epidemia de dengue. El ensordecedor estallido de las motos impedía el descanso obligatorio y el alivio de los pacientes que padecían los intensos dolores de la enfermedad, afectando también la audición de niños pequeños.

De la multa a la destrucción: leyes que quedaron en el papel

La ordenanza original establecía un periodo de gracia de 60 días para que los conductores adecuaran sus vehículos antes de que la Policía Municipal de Tránsito iniciara los controles estrictos. Quienes infringieran la ley se exponían a multas de 5 a 6 jornales mínimos. Sin embargo, la falta de fiscalización hizo que los motociclistas ignoraran la advertencia olímpicamente.

Ante el evidente fracaso de la medida, las autoridades intentaron ponerse firmes. En mayo de 2014, otro edil municipal impulsó una modificación drástica: la incautación directa y la posterior destrucción de los dispositivos. Mientras que ciudades vecinas han ejecutado masivos operativos aplastando roncadores con maquinarias pesadas, en San Lorenzo la iniciativa corrió la misma suerte que la anterior: el olvido administrativo.

Un malestar de veinticuatro horas

A la fecha, el panorama urbano no ha cambiado. Lejos de silenciarse, las principales avenidas y los barrios periféricos de San Lorenzo siguen siendo tierra de nadie a altas horas de la noche y durante las siestas. Los conductores modifican sus escapes de manera deliberada bajo una falsa idea de «estilo» o potencia, pisoteando el derecho constitucional a una buena calidad de vida y un ambiente saludable.

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La Ordenanza 20/2012 —que ampliaba el Reglamento General de Tránsito— se pensó para proteger el reposo de la ciudadanía. Hoy, la alarmante inacción municipal y de la Policía de Tránsito demuestra que, en San Lorenzo, el estruendo de la impunidad sigue sonando mucho más fuerte que el cumplimiento de la ley.


Puntos clave utilizados para la redacción:

  • El contraste temporal: Confronta las promesas de 2012 (los 60 días de adecuación) con la inacción reflejada en el artículo de San Lorenzo PY.
  • El factor salud: Se rescató del documento el dato clave del dengue, aportando un trasfondo humano e histórico de por qué se necesitaba la prohibición urgente en ese año.
  • Crítica periodística: Se expone el contraste con otros municipios que sí actúan de vez en cuando frente al fracaso local en la aplicación de las multas e incautaciones.

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