La Justicia paraguaya resolvió no aplicar sanción penal a una mujer que provocó la muerte de su hija tras confundirla con un presunto intruso en su vivienda, en un hecho ocurrido en la ciudad de Capiatá.
Según la investigación fiscal, la mujer creyó que un desconocido había ingresado a su casa, recordando antecedentes de robos recientes en la zona. En medio del temor y la confusión, tomó un arma de fuego legalmente registrada y realizó un disparo cuando una persona ingresó a la habitación. Posteriormente, constató que se trataba de su propia hija, quien fue trasladada de urgencia al Hospital General de San Lorenzo (Calle’i), donde se confirmó su fallecimiento.
Investigación y peritajes
El caso fue investigado de oficio por el fiscal Hugo Marcelo Pérez, bajo la figura de homicidio culposo. La mujer colaboró en todo momento con las autoridades y entregó voluntariamente el arma utilizada. Las pericias forenses determinaron que la causa de muerte fue un shock hipovolémico, producto de una herida en el tórax.
Asimismo, se descartaron antecedentes de violencia familiar y los informes psicológicos no arrojaron indicadores de peligrosidad o conducta violenta previa. Los familiares ratificaron que se trató de un hecho accidental.
Un fallo sin precedentes
La resolución judicial es considerada inédita en Paraguay, ya que se aplicó el artículo 22 del Código Penal, que contempla la inexistencia de reprochabilidad cuando una persona actúa bajo una representación errónea de la realidad. En este caso, la mujer creyó estar ejerciendo legítima defensa en su domicilio.
Si bien el hecho fue considerado típico y antijurídico, el tribunal determinó que no corresponde castigo penal, atendiendo al contexto, al error invencible y al impacto emocional irreversible que sufrió la madre.
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La Justicia concluyó que la mujer ya enfrenta una carga personal y psicológica permanente, por lo que quedó eximida de pena.
Fuente: ABC Color


