El Presidente Santiago Peña firmó ayer el decreto Nº 1909 que establece el reajuste del salario mínimo legal para los trabajadores del sector privado. A partir del 1 de julio, el salario mínimo legal será de G. 2.798.309 y el jornal mínimo de G. 107.627.

Este lunes, el Poder Ejecutivo oficializó el decreto Nº 1909, que dispone el reajuste del salario mínimo para los trabajadores del sector privado. Con este decreto, el nuevo salario mínimo se fijó en G. 2.798.309 y el jornal en G. 107.627. Este ajuste, que representa un incremento del 4.4%, se implementará a partir del 1 de julio. El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) había establecido este reajuste basado en la inflación acumulada medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), según informó el Banco Central del Paraguay (BCP).
El decreto autoriza al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) a reglamentar y publicar los salarios mínimos para diversas actividades específicas. Actualmente, 282.000 personas ganan el salario mínimo.
