Hasta el hartazgo se conoce que el artículo 229 de la Constitución expresa: “El Presidente de la República y el Vicepresidente duran cinco años improrrogables en el ejercicio de sus funciones (…) No podrán ser reelectos en ningún caso”.
De manera que aquellos que buscan hacer entender que se puede interpretar de otra manera, es porque sencillamente la ambición es tan fuerte que no les importa dar una “patada” a la máxima instancia de Ley de nuestra Nación.
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Unirme ahoraMás de 30 convencionales colorados sanlorenzanos que hoy estarán participando en la asamblea, donde tendrán la oportunidad de decir “si, al fiel cumplimiento de la Constitución Nacional” en relación a reelección presidencial pero vía reforma.
Daniel Vargas


