Reglamento general de uso de cementerios en San Lorenzo

[box type=”shadow” ]La cercanía del “Día de Todos los Santos” siempre es propicia para que la ciudadanía se interese en los sitios que poseen dentro de los cementerios públicos. En el caso de San Lorenzo existe una reglamentación a la que se deben ceñir tanto los titulares de las parcelas, panteones, columbarios o nichos, como también los funcionarios municipales destacados en ese lugar.[/box][divider]

La Ordenanza Municipal que rige el uso del cementerio municipal es la N° 23/2012. (Imagen archivo SLPY)
La Ordenanza Municipal que rige el uso del cementerio municipal es la N° 23/2012. (Imagen archivo SLPY)

Por ser de interés para nuestros lectores, exponemos aquí la totalidad de la Ordenanza N° 23/2012 “Por el cual se reglamenta todo lo relacionado al uso, habilitación, conservación, cuidado y funcionamiento de cementerios en la ciudad de San Lorenzo”. La presente reglamentación lleva en cuenta desde transferencias de parcelas, reducción de restos, pérdida de titularidad de los sitios, inhumaciones de cadáveres, mantención de la limpieza, pasos a seguir en el caso de necesidad de construir panteones, etc.

LO QUE DICE LA ORDENANZA

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