Intervención a Municipalidad de San Lorenzo puede ejecutarse

Asesor de la intendencia y concejal colorado dicen que pedido no tiene validez, pero poco a poco va cayendo los fundamentos expuestos. El faltante sería de más de 12 mil quinientos millones. En la municipalidad dicen estar tranquilos pero no es tan así ya que el pedido de intervención tendría asidero legal.

Después de que publicáramos a tempranas horas el pedido de intervención a la administración de Albino Ferrer, por supuesto faltante de más de 12 mil quinientos millones de guaraníes sobre estudio del ejercicio fiscal 2.008, causó revuelo entre las autoridades del ejecutivo municipal, y se apresuraron en el transcurso del día  para salir al paso de la noticia, en ese sentido tanto el secretario general de la municipalidad Dr Freddy Konter y el concejal Nelson Peralta trataron de dar a entender que el pedido de intervención no tiene validez.

Muchas dudas pero intervención tendría asidero legalSería inminente la intervención a la administración de Albino Ferrer

En la mañana de ayer tanto el secretario general de la municipalidad Dr Freddy Konther  como el concejal Nelson Peralta manifestaron por radio Nuevo Mundo sus respectivos puntos de vista acerca de la validez del pedido de intervención, el edil Peralta dijo entre otras cosas que el pedido no sirve porque sólo los concejales pueden pedir intervención a la administración municipal, sin embargo esa misma tarde dijo a nuestro medio que se equivocó en ese aspecto y que en realidad el contralor general de la republica si puede pedir intervención, otro fundamento de Peralta dice que es extemporáneo sin embargo la ley orgánica municipal especifica que aún se tiene más un año y medio para hacer reclamos legales.

Lo que dijo Peralta por un lado, y por otro lo que en realidad podría ser

Dijo El concejal: Sólo los concejales están habilitados para pedir intervención no así la Contraloría (esto dijo por la mañana en Nuevo Mundo).
Lo que es: En la tarde de ayer el mismo edil manifestó a nuestro director que se equivocó en ese punto y el contralor puede solicitar también el pedido de intervención.
Dijo El concejal: Para la acusación sólo se tiene dos años y este pedido de intervención es del 2.008 o sea ya cumplió tres años, así lo dice la Ley 3966/10 art 276
Lo que es: El artículo 276 de la Orgánica Municipal en la última parte dice, “La acción para hacer efectiva la responsabilidad civil prescribe a los dos años, contados desde la fecha de finalización de sus funciones”. O sea en realidad Ferrer culminó ese periodo de mandato recién en diciembre del 2010, en consecuencia el intendente  tiene responsabilidad civil sobre la misma hasta diciembre del 2012.
Dijo El concejal: No se puede juzgar dos veces una misma causa, refiriéndose a que el Fiscal Arnaldo Giuzzio intervino la administración municipal en el año 2.008, (caso ex Osaka) donde finalmente el fiscal no presentó acusación (por terminar el tiempo que tuvo Giuzzio para la investigación) y al terminar el tiempo el fiscal sobreseyó a Albino Ferrer de la causa que llevó a la intervención en ese año.
Lo que es: Ahora el contralor general de la republica pide la intervención pero no se refiere a esta causa específica, o sea en realidad no se pide un nuevo juzgamiento sobre una causa ya definida. Además la compra del local del ahora polideportivo municipal fue entre el 26 de junio y el 8 de agosto de 2008 y la investigación de aquella vez  fue de apenas 1750 millones de guaraníes de supuesto daño patrimonial. Ahora se pide intervención sobre ejercicio fiscal 2008 periodo enero a agosto. y la suma es de más de 12 mil millones de guaraníes.