
Según el portal de la Secretaria de Comunicación Pública de la Presidencia de la Nación, se incluyó en el Código Alimentario Argentino la Yerba mate elaborada con palo con bajo contenido de polvo y la Yerba mate elaborada con palo para tereré (mate frío).
Se trata de la resolución conjunta Nro. 43 y 59/2013 de la secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud y de la Secretaría de Agricultura, que lleva la firma de sus titulares Gabriel Yedlin y Lorenzo R. Basso, respectivamente.
En los fundamentos precisa que a partir de iniciativas emanadas del Gobierno de la Provincia de Misiones encaradas a través del Ministerio de Salud Pública, se solicitó la inclusión de nuevos productos de yerba mate al Código Alimentario Argentino (CAA).
Explica que la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) acordó dar tratamiento al tema sobre la incorporación de los referidos productos de Yerba Mate al CAA y solicitó a los representantes de la Región del Noreste Argentino (NEA) que remitan información adicional.
Agrega el Ministerio de Salud Pública de Misiones remitió a la CONAL el acta en el cual constan las definiciones para los productos propuestos, elaboradas por una Comisión Interinstitucional integrada por el Gobierno de la Provincia de Misiones, el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), el Laboratorio de Yerba Mate de la Facultad de Ciencias Exactas (UNaM) y el Ministerio de Salud de la Provincia de Misiones.
La CONAL evaluó los tres productos solicitados (Yerba mate elaborada con palo con bajo contenido de polvo, Yerba mate elaborada con palo para tereré y Yerba mate elaborada fortificada) y acordó incluir en el artículo 1194 del CAA el inciso 2.1.1 “Yerba mate elaborada con palo con bajo contenido de polvo” y el inciso 2.1.2 “Yerba mate elaborada con palo para tereré”.
Fuente: Secretaria de Comunicación Pública de la Presidencia de la Nación de Argentina