Mientras la plenaria debatía la minuta presentada por el concejal Elvio Caballero (PLRA), que solicitaba dotar de empleo a una persona con discapacidad, se desataron roces entre los concejales Nelson Peralta (ANR) y Freddy Franco (PLRA) por cuestiones de “nepotismo”. Fue en la Sesión Ordinaria de la Junta Municipal de San Lorenzo, celebrada ayer, miércoles 19 de setiembre.
La mediación del Presidente de la Junta, Alcibíades Quiñones, evitó que la discusión entre Peralta y Franco se extendiera.
Finalmente, la plenaria decidió recomendar al Ejecutivo la evaluación de la minuta, y el análisis de factibilidad para otorgar el empleo al solicitante, atendiendo que la Junta no cuenta con la potestad de contratar funcionarios.
En un tenso debate, Nelson Peralta (ANR) se dirigió al concejal Freddy Franco (PLRA) afirmando que publicaciones de la prensa especifican la cantidad de cargos públicos ocupados por su familia.
Las declaraciones de Peralta fueron tomadas como una clara alusión al nepotismo, a pesar de que posteriormente el edil colorado negó referirse a dicho tema.
Atendiendo el alto rango político de la familia Franco, “Freddy posee facilidad para realizar gestiones que permitan a las personas con discapacidad obtener mayor espacio en la función pública” ratificó Peralta, luego de negar haberse referido al nepotismo.
La discusión inició cuando Nelson Peralta expresó su negativa hacia la contratación “de una persona que no conoce”. En tanto que Elvio Caballero (PLRA), quién presentó la minuta, respondió que el curriculum del interesado estaba anexado al proyecto, y que dicha persona pertenece al partido colorado.
Además, el edil Freddy Franco solicitó que se contrate al hombre utilizándose el mismo procedimiento con el que se nombró al tesorero de festejos patronales, a lo que Peralta respondió: “aviso a Freddy Franco que los festejos patronales ya culminaron”.
“No seamos tan quisquillosos ante una propuesta humanitaria” exclamó Franco, mientras que Elvio Caballero insistía en la necesidad de ayudar a la persona con discapacidad, que se encuentra atravesando momentos de necesidad.
Nepotismo según Freddy Franco. Por su parte Freddy Franco, en respuesta a las afirmaciones de Nelson Peralta, explicó en plenaria la definición de la palabra nepotismo: “Es cuando una persona está en función de gobierno y nombra a sus parientes” expresó.
Posteriormente, el edil liberal, hijo del actual Presidente de la República Federico Franco, destacó: “Algunos parientes que tuvieron la oportunidad de ocupar cargos lo hicieron con mucha decencia, como mi primo Humberto Franco, cuatro veces premiado mejor funcionario de la Contraloría General de la República”.
En otro momento de la sesión, dijo sentirse orgulloso del apellido que lleva a pesar de los ataques contra su familia. “Todos los años en época de elecciones políticas nos atacan por eso, pero eso me fortalece, y me da mucho más orgullo del apellido que llevo” aseguró.
“No sé si fue un ataque lo de Peralta, pero sí una pifiada”. En entrevista con SanLorenzoPy, el concejal Freddy Franco relató que algunas personas siempre pretenden desacreditar las labores políticas de su familia, pero que eso los mantiene unidos.
“Algunos buscan desacreditar siempre, pero ellos se olvidan de que la familia Ferrer está ocupando altos cargos en la Municipalidad de San Lorenzo, la familia Irún en ciudad del Este, los Samaniego en Asunción; todos nos atacan a nosotros, en ese sentido quiero recalcar que cada crítica nos fortalece y nos une más como familia” alegó.
Respecto a las afirmaciones de Peralta durante la sesión afirmó: “No sé si fue un ataque lo de Peralta, pero a lo mejor sí una pifiada de su parte. Yo defenderé todas las actitudes y decisiones que tome mi familia, porque así como él (Peralta), y cualquier persona de San Lorenzo y el país, todos tenemos derecho a ocupar un cargo público”
LO QUE DICE LA LEY RESPECTO A LA INCORPORACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS
Art. 1º de la Ley N° 3585/08 “Todos los organismos y entidades del Estado, gobernaciones y municipalidades, así como las personas jurídicas de derecho privado con mayoría accionaria del Estado incorporarán y mantendrán dentro de su plantel de personal un porcentaje de personas con discapacidad que no será menor al 5% (cinco por ciento) del total de sus funcionarios”
Art. 4º de la misma disposición legal, dispone: “El responsable principal de cualquiera de las instituciones señaladas en el Artículo 1º que no cumpliere con lo previsto en esta Ley, y sin perjuicio de la responsabilidad de los funcionarios de menor jerarquía, será sancionado con una multa de 100 (cien) jornales mínimos legales establecidos para actividades diversas no especificadas en la República y suspendido en el cargo sin goce de sueldo, hasta 30 (treinta) días. El importe de la multa será transferido al Ministerio de Hacienda y destinado a las entidades de discapacidad para desarrollar programas y cursos de formación y capacitación profesional para personas con discapacidad”.