Municipalidad debe liberar fondos que pertenecen a los bomberos

No es nada nuevo decir que la Municipalidad de San Lorenzo se encuentra en mora en el desembolso de los aportes que se debe entregar (por ley) a los cuarteles de bomberos que operan en San Lorenzo. En ese sentido los del Cuartel de Bomberos de la Séptima Compañía (amarillos) se encuentran con suma necesidad de que el ejecutivo comunal entregue lo que en realidad corresponde a dichos socorristas, para que estos a su vez puedan retirar del puerto de Villeta un container lleno de equipos que llegó la semana pasada desde Kansas, Estados Unidos.

“Los equipamientos vinieron desde Kansas Estados Unidos y el container ya está en el puerto de Villeta, hasta esta semana tenemos tempo de pagar cerca de sesenta millones de guaraníes para retirar, si no lo hacemos ya correrá gastos de alquiler y se nos pondrá aún más difícil”, dijo a nuestra página el Capitán Plinio Suarez de la Séptima Compañía.

“Esperamos que la Municipalidad dé el aporte respectivo, ya que esto beneficia a toda la comunidad sanlorenzana”, subrayó Suarez.

Cabe aclarar que los tres cuerpos de bomberos voluntarios que tiene la ciudad debe recibir la transferencia que le corresponde por ley (no es donación ni mucho menos regalo).

Lo que dice la Ley Orgánica Municipal: Artículo 160.- Tasa de Servicio de Prevención y Protección contra Riesgo de Incendios, Derrumbes y otros Accidentes Graves.

Todos los propietarios de establecimientos comerciales, industriales y de servicio, oficinas de atención al público en general, garajes, depósitos, locales que involucren la permanencia y movimiento de personas, así como locales de reuniones públicas, están obligados a solicitar los pertinentes permisos de construcción, ampliación, reforma y/o demolición de edificaciones, y pagarán a la Municipalidad, en cada caso, previa prestación efectiva del servicio, una tasa por los servicios de inspección de las medidas de seguridad para la prevención y protección contra riesgos de incendios, derrumbes y otros accidentes graves, conforme a la escala que se establezca por Ordenanza.