Municipalidad: Inminente sentencia en caso de supuesto “desvío de bienes públicos

En el marco del sumario administrativo que se le sigue al abogado Fredy Konther (ex Secretario General de la Municipalidad de San Lorenzo) y a Alicia Oporto (ex responsable de la Dirección de Discapacidad de la comuna), por haber aceptado en donación (vía contrato privado) un predio destinado a plaza y edificios públicos, es inminente la sentencia del juez sumariante. Según nuestra fuente, en primer término, ambos fueron acusados por supuesto “desvío de bienes públicos” e incluso se recomienda pasar los datos a la fiscalía.

Según fuentes confiables el antecedente del caso llegó hasta un parlamentario sanlorenzano e incluso a un reconocido abogado que también es parlamentario nacional.

El caso señalado tiene su origen en el año 2011 donde el ciudadano Flaviano Leguizamón realiza un pedido de fraccionamiento inmobiliario de dos hectáreas y media ubicado en la zona de Barcequillo. Dicha solicitud tuvo la aprobación definitiva mediante la Resolución de la Junta Municipal Nº 117/2011 donde en el artículo 2 figura que un total de 2.038.5477 m2 serán destinados para plaza y edificios públicos.

Luego en el año 2018 Konther, Oporto y otro ex funcionario municipal de apellido Bobadilla celebran un contrato privado con Flaviano Leguizamón, quien “raramente” decide donar a favor de los tres personajes todo el predio que debe ser de propiedad municipal (para plaza y edificios públicos) y no de su propiedad. En este punto hay varios detalles que llama la atención, como por ejemplo que siendo funcionarios municipales no advirtieron a Leguizamón que estaba donando una propiedad que en los documentos dejó de pertenecerle la Ley Nº 1909/02 en uno de sus artículos expresa que el loteador de dos o más hectáreas deberá transferir a la Municipalidad un total del 5% para plaza pública y un 2% del total para edificios públicos), estas medidas son los 2.038.5477 m2 que figura en los planos del fraccionamiento como para plaza pública y edificios públicos.

Otro de los varios puntos que llama la atención es que en el contrato privado hacen constar que el predio donado se divide en seis lotes, sin embargo, ese predio es un todo (para plaza y edificios públicos) y tiene cuenta catastral. A esto se suma que la voluntad del señor Leguizamón es que en uno de los seis lotes (12×30 metros) se construya un cementerio, sin embargo, no avisan al “donante” que la ordenanza número 23/2011 expresa que para la habilitación de un campo santo en San Lorenzo la extensión del predio deberá tener un mínimo tres hectáreas.

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Lo cierto y lo concreto es que el juez sumariante (abogado Santiago Rojas) deberá dictar sentencia a fin de este mes y luego será el intendente Alcibíades Quiñonez quien tendrá la última palabra, ya que será él quien finalmente decida si hacer caso al resultado del sumario o no.