Policía Nacional informa sobre requisitos para la circulación de vehículos y personas

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La Policía Nacional informó ayer que para la libre circulación de los vehículos automotores rige la Ley 608/95 del Registro del Automotor, que son requeridas en los controles policiales con motivo de fin de año así como para cualquier día del año.

Para la libre circulación de vehículos en todo el territorio paraguayo solo se requiere la cédula otorgada por la Dirección Nacional del  Registro del Automotor, cuya portación es obligatoria (artículo 15 de la Ley 608/95) y la Matrícula o Matrícula provisoria.

En caso de que el conductor no sea el propietario del vehículo,  no es necesaria ninguna autorización del propietario al efecto.

Para el control de personas se requerirá la cédula de identidad civil del conductor y acompañantes o pasaporte. Si el conductor o uno de sus acompañantes fuere extranjero, se le solicitará su pasaporte o su documento de radicación temporal o permanente,  o registro de entrada al país.

Solo en caso de verificarse la ilegalidad de algunos de estos documentos o la falta de ellos,  se procederá a la retención del rodado, y su puesta a disposición de las  autoridades competentes.

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Se recuerda además,  que para la circulación de vehículos, es necesaria la habilitación del mismo y la licencia de conducir.