abril25 , 2025

Dictaminan «Prosecución del encuentro entre 13 Callei vs Corrales»

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El Tribunal de Justicia Deportiva de La Liga Sanlorenzana de Fútbol dictaminó a Favor del 13 de Junio de Callei con Relación a la nota protesta presentada por el Club Atlético Corrales FBC.

El tribunal de justicia deportiva dictaminó a favor de la protesta del "13 de Junio". (Imagen gentileza Julio Eduardo)
El tribunal de justicia deportiva dictaminó a favor de la protesta del «13 de Junio». (Imagen gentileza Julio Eduardo)

Cabe recordar que nuestro portal accedió en Forma Exclusiva a la «Defensa» del 13 de Junio de Callei la cual publicamos. El tribunal finalmente dictaminó en este caso dando lugar a la Defensa del 13 de Junio de Callei la cual pedía «Disputarse todo el encuentro».

Aqui Transcribimos Parte del considerando y la Parte Resolutiva

*Considerando

«Que es importante destacar que este Tribunal de Justicia Deportiva,  desde hace tiempo ha venido sosteniendo que todo encuentro Deportivo debe ser disputado con Hidalguía y Caballerosidad,  libre de Factores Exogenos e intereses mezquinos que puedan apañar la práctica de este noble deporte,  aglutinador de masas que sirven de valvula de escape a miles de Conciudadanos que domingo a domingo concurren a Alentar al Club de su Preferencia y en ese espíritu de la sana crítica y estricta justicia. Es criterio de este tribunal la prosecución del encuentro suspendido y que el encuentro deportivo debe de concluir en la justa lid dentro del campo de Juego.

*EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DEPORTIVA DE LA LSLF (Liga Sanlorenzana de Fútbol)

RESUELVE

1-) DESESTIMAR la protesta formulada por el Club Atlético Corrales contra el Club 13 de Junio de Callei,  respecto al al encuentro disputado en fecha 19 de Junio del Cte Año, en la categoría primera, División de Honor y en consecuencia disponer la prosecución del encuentro de Fútbol entre los mismos equipos en un campo de Juego a ser establecido por el Comité Ejecutivo de la Liga Sanlorenzana de Fútbol de conformidad al exordio de la presente resolución.

2-) LAS COSTAS a la orden causadas

3-) ANOTAR,  registrar y notificar

Fiman los Abogados

-Santiago Cesar Diaz Diaz

-Roberto Rodriguez Ferreira

-Jose Alcides Ramón Nuñez H.

 

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