La Ordenanza N° 20/2012 expresa claramente sobre la prohibición del uso de motocicletas con roncadores dentro del distrito de San Lorenzo bajo pena de multas de 5 a 6 jornales mínimos, sin embargo ante el no cumplimiento de la misma, en mayo de este año, se endureció las infracciones planteando incautar y destruir dichos aparatos. Pero hasta hoy día la normativa sigue siendo “letra muerta” ante la inacción municipal ya que las motos con roncadores siguen con sus ruidos a cualquier hora y día en toda la ciudad.
EN JULIO DEL 2012 YA NO DEBÍA CIRCULAR NINGUNA MOTO CON RONCADORES. Prevenir la polución sonora dentro de la ciudad es uno de los fundamentos de la Ordenanza N° 20/2012 cuyo autor fue el concejal Hugo Lezcano, en esa oportunidad se dio 60 días para que los motociclistas puedan adecuarse a esta normativa (julio del 2012). A partir de ahí, la dirección de tránsito de la Municipalidad quedaba facultada para el control de la misma, previendo una multa de entre 5 y 6 jornales mínimos para los infractores.
VARIAS CIUDADES PROCEDEN A LA DESTRUCCIÓN DE RONCADORES. Son varios los municipios que ya procedienron a la destrucción de los roncadores luego de la incautación de las mismas, entre ellos las municipalidades de: Itapúa, Bella Vista, Saltos del Guaira, Tobati, Pte Franco, entre otros.
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