Los que no están al día con el pago de sus impuestos en la Municipalidad de San Lorenzo tienen tiempo hasta el próximo jueves 15 para ponerse al día y acceder a un descuento del 10 % a quienes cancelen sus obligaciones al contado. De esta manera la administración municipal premia a los morosos con descuentos. Por otro lado para los que están al día no hay descuentos, incentivos ni premios.
La ordenanza Nº 34/2012 emitida por la Junta Municipal, autoriza a la intendencia a realizar la exoneración de multas y recargos, así como el descuento del 10% de impuestos, tasas y contribuciones para quienes cancelen sus obligaciones al contado, desde el jueves 1 de noviembre hasta el jueves 15 de noviembre.
INCENTIVO TRIBUTARIO SOLO PARA MOROSOS
En uno de los considerandos de la Ordenanza explica que la exoneración de multas, recargos y el descuento del 10% de los impuestos será desde el 1 de noviembre hasta el 15 del mismo mes de manera a que la mayor cantidad de contribuyentes pueda acceder a este incentivo tributario, así mismo hacer la salvedad que el descuento del 10% se aplicará para los contribuyentes que cancelen sus obligaciones al contado.
COPIA COMPLETA DE LA ORDENANZA Nº 34/2012
ORDENANZA Nº: 34/2012 (TREINTA Y CUATRO BARRA DOS MIL DOCE)
POR LA CUAL SE AUTORIZA AL EJECUTIVO MUNICIPAL, POR ÚNICA VEZ, LA EXONERACIÓN DE MULTAS Y RECARGOS, ASÍ COMO EL DESCUENTO DEL 10 % DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES PARA QUIENES CANCELEN SUS OBLIGACIONES AL CONTADO, DESDE EL DÍA JUEVES 1 DE NOVIEMBRE HASTA EL DÍA JUEVES 15 DE NOVIEMBRE DE 2.012.—————-
VISTO: El Proyecto de Ordenanza de fecha 10 de octubre presentado por el Señor Concejal Abog. Ignacio Britez, donde se “SOLICITA LA AUTORIZACIÓN AL EJECUTIVO MUNICIPAL, POR ÚNICA VEZ, LA EXONERACION DE MULTAS Y RECARGOS, ASI COMO EL DESCUENTO DE HASTA EL 10% DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES, DESDE EL DIA LUNES 12 DE NOVIEMBRE AL DÍA SÁBADO 17 DE NOVIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO”.——————————————————————–
CONSIDERANDO: Que, en esta época del año se hace imperiosa la necesidad de mejorar las recaudaciones municipales, a través de incentivos a los contribuyentes, con descuentos sobre los impuestos, tasas y contribuciones y la exoneración de multas sobre estas por única vez.—-
Que, la finalidad real de un municipio es la búsqueda del bienestar de sus habitantes, por encima del simple acto recaudatorio y que un periodo de exoneración de multas no afectara de manera alguna las rentas municipales, y si, en cambio, brindara una relativa calma y seguridad a nuestros ciudadanos, permitiéndoles cumplir con sus obligaciones, sin la imposición de un gasto adicional, como lo son las multas y recargos, y así mismo aplicar un descuento del 10 % sobre los mismos.———————————————————————–
Que la Ley Orgánica Municipal Nº 3966/2.010, en su artículo 151 ordena: “…Las municipalidades quedan autorizadas a regular por ordenanza un descuento de hasta el 12% (doce por ciento) por el pago puntual de impuestos y tasas, del mismo modo que regulará el período dentro del cual se pagará el monto nominal y el período durante el cual se cobrarán multas y recargos por gestión de cobranza.”–
Que, analizado en las Comisiones Asesoras, se ha decidido introducir algunas modificaciones de manera a que este Incentivo Tributario pueda ser aprovechado por la mayor cantidad de contribuyentes posibles, así mismo hacer la salvedad que el descuento a ser aplicado será para quienes cancelen al contado sus obligaciones tributarias.———————————————
Que, los Asesores Jurídico y Económico en su Dictamen Nº 21/2.012 Recomiendan la “Aprobación del PROYECTO DE ORDENANZA POR LA CUAL SE AUTORIZA AL EJECUTIVO MUNICIPAL, LA EXONERACION DE MULTAS Y RECARGOS, ASI COMO EL DESCUENTO DEL 10% DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES, con algunas modificaciones, se recomienda que el plazo de la exoneración y el descuento sea desde el día 1 de noviembre hasta el día 15 de noviembre, de manera a que la mayor cantidad de contribuyentes pueda acceder a este Incentivo Tributarios, así mismo hacer la salvedad que el descuento del 10 % se aplicara para los contribuyentes que cancelen sus obligaciones al contado. ——————————————————
Que, la Plenaria aprobó el Dictamen Conjunto Nº 234/2.012 de las Comisiones Asesoras de Legislación y Hacienda y Presupuesto, que recomendó aprobar el Proyecto de Ordenanza presentado.——————————————————-
POR TANTO
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A
ARTICULO 1º AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal, por única vez, la exoneración de multas y recargos, así como el descuento del 10 % de impuestos, tasas y contribuciones para quienes cancelen sus obligaciones al contado, desde el día jueves 1 de noviembre hasta el día jueves 15 de noviembre.
ARTICULO 2º RECOMENDAR al Ejecutivo Municipal, la conveniente difusión de lo resuelto, a través de los medios de comunicación.——————————–
ARTICULO 3° Comunicar a la Intendencia Municipal, a quienes corresponda y, cumplido, archivar.———————————————————————————
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN LORENZO A LOS DIEZ Y SIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.———————————————————————————-