Recuerdan a extranjeros que carnet de radicación no tiene vencimiento

[box type=”shadow” ]La Dirección General de Migraciones (DGM), recuerda a los ciudadanos extranjeros radicados en forma permanente en el país que, según lo establecido por la Ley Nº 2406/2004, quedan eximidos de los trámites de renovación de sus carnets de radicación.[/box][divider]Ante la preocupación por algunas denuncias recibidas sobre supuestos hechos de extorsión por parte de personas inescrupulosas que se hacen pasar por agentes migratorios para el cobro de multas, alegando el supuesto vencimiento del carnet de admisión permanente, la DGM exhorta a la comunidad extranjera a no caer en este tipo de engaños, ya que la legislación paraguaya establece claramente el NO vencimiento de los mismos mediante la mencionada ley, que se encuentra vigente desde el año 2004.

La Ley Nº 2406 establece en su Artículo 1º que “Los extranjeros radicados en forma permanente en el país, en el marco de las exigencias establecidas en la Ley Nº 978 DE MIGRACIONES de fecha 8 de noviembre de 1996, quedan eximidos de los trámites de renovación de sus carnés de radicatoria extendidos por la Dirección General de Migraciones”.

De acuerdo a esta legislación, ningún extranjero con admisión permanente necesita renovar su carnet, incluyendo a los residentes extranjeros que todavía cuentan con el carnet antiguo de admisión permanente, en el cual figura el periodo de validez de 10 años (foto).

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