Colorados “aceptaron y rechazaron” a la vez, mientras que opositores “rechazaron totalmente”
La decisión de “aprobar y rechazar” en un mismo dictamen el balance presupuestario proviene de los siete concejales colorados y es la que finalmente sirve como válido por la junta municipal. Por su parte los ediles de la oposición presentaron otro dictamen pero de rechazo al presupuesto 2010.
Los que aprobaron y rechazaron al mismo tiempo el balance 2010 decidieron partir dicho documento en tres partes (dos partes de la administración de Albino Ferrer y una parte de José Checho’s López). Lo que respecta a Ferrer 1º de enero al 06 de agosto 2010 y 20 diciembre al 31 de diciembre 2010, los concejales colorados no hacen ninguna observacione en cuanto a irregularidades y deciden aprobar la rendición de cuentas de esta parte de la administración Ferrer.
Lo que respecta al periodo 06 de agosto al 20 diciembre 2010 correspondiente a la administración de José López decidieron rechazar el balance por encontrar varias irregularidades según el dictamen. Esta decisión de aprobar la parte correspondiente a Ferrer sería con la intención de que Contraloría revise solamente documentos pertenecientes a la administración de José Checho’s López no así la de Albino Ferrer.
La discusión en cuanto a aceptar y rechazar al mismo tiempo un periodo fiscal estuvo centrado en la interpretación a la ley N º 3966/2010 que en su artículo Nº 207 en su primera parte establece “La rendición anual de cuentas de la ejecución presupuestaria será sometida a la “aprobación o rechazo” de la Junta Municipal respectiva y al posterior examen de la Contraloría General de la República”.
Los concejales colorados Nelson Peralta, Ramón Gill, Hugo Lezcano, Olga González, Ignacio Britez, Alcibíades Quiñones y Néstor Ferrer fundamentaron entre otras cosas que no se puede responsabilizar a Albino Ferrer de la administración de otra persona (José López) y que en el artículo 207 de la ley orgánica municipal 3966/2010 si bien especifica que la junta debe “aceptar o rechazar” el balance presupuestario” tampoco dice explícitamente que no puede rechazar una parte y aceptar otra parte.
La ley en un colador
Ahora según la ley 3966/2010, “En caso de rechazo, la junta deberá devolver la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria a la intendencia municipal con las observaciones correspondientes”. En este caso la intendencia tendrá un plazo de treinta días, y deberá enviar nuevamente dicha rendición a la Junta que tiene que aprobar o rechazar con el voto de la mayoría de dos tercios.
Si esto se cumple a partir de la devolución del balance presupuestario los concejales colorados deberán tener 8 votos para seguir aceptando una parte del presupuesto y rechazar la otra parte, si no consiguen los ocho votos, se corre el riesgo de ser rechazado totalmente el balance del 2010. Y la administración Ferrer en consecuencia puede ser intervenida por Contraloría General de la Republica